REGLAMENTO DEL CLUB DE CIENCIAS


 El Reglamento del Club de ciencias constituye el instrumento técnico normativo de gestión cuyo propósito es establecer las funciones, derechos y obligaciones que cada uno de sus integrantes deben asumir. A continuación, se presentan los apartados del reglamento que el Club del CBTis No. 83 MAÑUTZI  debe adoptar.

Artículo 1.- El Club de Ciencias es una Asociación de estudiantes, asesorado por docentes internos, e investigadores externos de diferentes áreas del conocimiento. Tiene como sede el Centro de Bachillerato Tecnológico industrial y de servicios No 83, institución educativa en donde los miembros cursan sus estudios.
Artículo 2.-El Club de ciencias lleva el nombre de  “MAÑUTZI” el cual fue adoptado y está relacionado con la Ciencia, con científicos, con hechos históricos, con inventores o con regiones del país.    

Articulo 3.- El Club de ciencias estará registrado o solicitara su registro ante la instancia correspondiente.

Artículo 4.- Los objetivos del Club de ciencias “MAÑUTZI”, son los siguientes:
·         Promover y fomentar la realización de actividades Científicas y Tecnológicas, así como las relacionadas a la protección y conservación del medio ambiente.
·         Propiciar el desarrollo de actividades creativas en investigaciones, así como el intercambio con Instituciones Educativas, de Educación Superior y Organizaciones Científicas.
·         Participar en actividades Científicas (Congresos, Concursos, Exposiciones, Ferias de Ciencias y Tecnología).
·         Contribuir a fomentar hábitos de Disciplina, Responsabilidad, Orden, Cooperación y Solidaridad entre sus miembros, con la finalidad de mejorar la Enseñanza de las Ciencias.

·         Ayudar a una mejor comprensión de la Ciencia en la vida diaria y en el Desarrollo del País

Artículo 5.- Todos los miembros acreditarán su pertenencia al Club de Ciencias mediante su registro en la Ficha de Inscripción y en el Directorio de miembros.

Artículo 6.- El Club Escolar de Ciencias se funda a iniciativa y propuesta del director del plantel a través de los docentes que imparten asignaturas en Ciencias naturales y/o de especialidad, designándose entre ellos a uno o más asesores.

Articulo 7.- La estructura organizacional del Club de ciencias estará constituida de la siguiente manera: El Director del plantel, el Jefe de Departamento de vinculación con el sector productivo, la Academia Local de Investigación y Desarrollo Tecnológico, la Asamblea general, los asesores externos y demás docentes integrantes del Club.

Articulo 8.- La Asamblea General estará integrada por todos los estudiantes miembros del Club, los cuales se reunirán de manera periódica, según sea acordado.

Artículo 9.- El comité estará constituido básicamente por un presidente, un secretario, un tesorero,
tres vocales y un docente como coordinador y asesor general.

Artículo 10.- La elección del comité del Club se llevará a cabo por voto personal y secreto, de los miembros de la asamblea general, bajo la supervisión del asesor y coordinador.

Articulo 11.- El Presidente conducirá las Sesiones ante la Asamblea, el Secretario lo reemplaza encaso de ausencia, del primero.

Artículo 12.- El Secretario llevara el libro de actas, planifica las actividades y mantiene el padrón de afiliados de los integrantes del Club.

Articulo 13.- El tesorero es el responsable de administrar los fondos económicos conjuntamente con el Presidente, supervisado por el Asesor y/ o Coordinador.

Artículo 14.- Los miembros ocupantes de las vocalías cumplirán funciones de apoyo en las actividades del comité directivo.

Artículo 15.- Se deberán formar comisiones de acuerdo a las necesidades del Club. El alumno que
Ocupe el cargo de tesorero contará con una comisión adjunta para la gestión de apoyos económicos.

Artículo 16.- Al inicio de cada ciclo escolar el presidente del comité directivo del Club de ciencias presentará a las autoridades y a la asamblea general el programa de actividades a realizar.

Artículo 17.- Los Profesores Asesores y/o Coordinadores supervisarán la buena marcha de las actividades del Club y están obligados a estar presentes en las asambleas, con voz y  voto.

Articulo 18.- Al concluir cada periodo semestral, el Presidente del Comité Directivo deberá presentar un informe al Director del plantel. Así también deberá convocar a todos los integrantes del Club de Ciencia para Ratificar y/o Renovar la Asamblea General.

Artículo 19.- Se pierde la condición de pertenencia al Club de ciencias por:
a) Inasistencia injustificada a tres sesiones de la Asamblea.
b) Recibir suspensión por medida disciplinaria.

Articulo 20.- Los asuntos no contemplados en el presente Reglamento serán resueltos por la
Asamblea.

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